CARACAS.– El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) formalizó el inicio del período de receso judicial anual correspondiente a la temporada estival, a través de la Resolución N.° 2026-0004 refrendada por la presidenta del máximo órgano rector de la magistratura nacional, Caryslia Beatriz Rodríguez Rodríguez. La disposición legal establece la interrupción de las actividades ordinarias y la paralización de los lapsos procesales en las distintas instancias jurisdiccionales del país, medida que regirá a partir del próximo 15 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2026, ambas fechas inclusive.
De acuerdo con lo expresado en el texto normativo, la pausa laboral será aprovechada de forma prioritaria para llevar a cabo labores integrales de reacondicionamiento, mantenimiento y reparación técnica en aquellas infraestructuras tribunalicias que sufrieron afectaciones estructurales tras los movimientos telúricos registrados el pasado 24 de junio de 2026. De forma paralela, los equipos especializados evaluarán el desempeño operativo de las herramientas tecnológicas y plataformas digitales incorporadas para dinamizar los trámites y garantizar la celeridad procesal.
Garantía de despacho para causas de urgencia y materia penal
Pese al cese temporal de las actividades regulares, la máxima instancia del Poder Judicial aseguró la operatividad continua e ininterrumpida para la atención de causas especiales y de extrema urgencia. En tal sentido, los trámites vinculados a la materia de amparo constitucional mantendrán habilitados todos los días del calendario mediante la asignación de turnos de guardia permanente en las Salas Constitucional y Electoral.
Asimismo, los tribunales con competencia en la materia penal desempeñarán sus funciones habituales de juzgamiento sin alteración en sus esquemas de trabajo durante el transcurso del mes de receso institucional.
Excepciones operativas en atención a contingencias
La resolución dictada por la magistratura contempla excepciones adicionales para asegurar el acceso a la justicia. Los juzgados civiles especiales quedarán exentos de la suspensión de despachos con el fin de prestar apoyo prioritario a las comunidades y personas damnificadas por los eventos sísmicos recientes.
Finalmente, la normativa estipula que aquellos administradores de justicia que cuenten con un tiempo de servicio inferior a un año continuo en el ejercicio del cargo no gozarán del beneficio de la pausa anual, debiendo permanecer de guardia y en pleno ejercicio de sus facultades jurisdiccionales durante todo el lapso previsto.
Por: Redacción Standard Digital News | Sección: Judicial – Nacionales | Con información de Agencias / Fotos cortesía | Fecha: 8 de agosto de 2026








