Derecho a la educación para migrantes venezolanos fue ratificada por corte de Colombia
La sentencia de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, destacó que el derecho a la educación supone, entre otros aspectos, la posibilidad de acceder al sistema educativo en condiciones de igualdad.
La Corte Constitucional de Colombia dictaminó que las universidades del país no deben negar el acceso a la educación superior para los migrantes venezolanos.
Recordó que el sistema educativo debe darse en condiciones de igualdad, sin importar que los migrantes cuenten con el Permiso de Protección Temporal (PPT).
Acceso a la educación para venezolanos
El pronunciamiento de la Corte Constitucional colombiana sucede luego que la joven venezolana, Adlit Llamoza, presentara un recurso ante el Alto Tribunal contra la Universidad de Nariño.
Esta casa de estudios le negó la posibilidad de inscribirse en un programa de pregrado después que presentó su PPT.
La universidad argumentó que la anulación se dio porque según su reglamento interno el PPT no es un documento válido para matricularse.
La sentencia de la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés González, destacó que el derecho a la educación supone, entre otros aspectos, la posibilidad de acceder al sistema educativo en condiciones de igualdad.
En su dictamen la Corte señaló que: «Esta exigencia implica un mandato de no discriminación que compromete al Estado a promover el acceso a la educación, en especial, de las personas más vulnerables».
Además «prohíbe realizar distinciones basadas en criterios sospechosos para el ingreso al sistema educativo; y en la educación superior, exige que el procedimiento de acceso se desarrolle en condiciones de igualdad y se fundamente exclusivamente en el mérito y la capacidad de cada aspirante”.
El Público Tv.
Luis Molero Marquez