Hoy 5 de Julio, se cumplen 210 años de la Independencia de Venezuela - Standard Digital News | Noticias de Maracaibo Venezuela y el Mundo

Hoy 5 de Julio, se cumplen 210 años de la Independencia de Venezuela

05 de Julio de 1811, Día de la Independencia de Venezuela

El 5 de julio de 1811, es recordada como una de las fechas principales de nuestra historia republicana. Se conmemora la declaración de independencia frente a la Monarquía de España, y es el acto central del proceso político-jurídico de independencia que comienza el 19 de abril de 1810 y cuya primera etapa culmina con la promulgación de la prima Constitución de Venezuela, el 21 de diciembre de 1811.

Lo que comenzó el 19 de abril de 1810 como un movimiento autonomista por parte del Cabildo de Caracas, pero que guardaba fidelidad al rey Fernando VII; en 1811 no sólo superó el ámbito de la Provincia de Caracas al sumarse otras provincias, sino que implicó la ruptura definitiva con el nexo colonial español

¿Qué sucedió ese día?

Con esta finalidad se instaló en Caracas el 2 de marzo de 1811, el primer Congreso de Venezuela, con la representación de las Provincias de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Mérida, Barcelona y Trujillo. Estas siete provincias que formaban la “Confederación Americana de Venezuela en el Continente Meridional”, quedaron simbolizadas en las siete estrellas de la bandera nacional venezolana. Es importante destacar que las provincias de Coro, Maracaibo y Guayana, quedaron excluidas del Congreso por estar dominadas por los españoles.

La instalación del Congreso se llevó a cabo el 2 de marzo de 1811 en la casa del Conde San Javier (hoy esquina de El Conde) en Caracas, con asistencia de la Junta Suprema. Acto seguido se eligió un Presidente provisional del Congreso y pasaron, precedidos por los miembros de la Junta a la catedral de Caracas, donde el arzobispo Narciso Coll y Pratt ofició la misa y después del evangelio los diputados prestaron juramento, bajo estos términos: “¿Juráis a Dios por los Santos Evangelios que vais a tocar, y prometéis a la Patria conservar y defender sus derechos y los del Señor Don Fernando VII, sin la menor relación o influjo con la Francia; independientes de toda forma de gobierno de la península de España; y sin otra representación que la que reside en el Congreso General de Venezuela; oponeros a toda dominación que pretendiera ejercer soberanía en estos países, o impedir su absoluta y legítima independencia cuando la Confederación de sus Provincias la juzgue conveniente…?”.

Dicho juramento expresa tres aspectos que son importante destacar.

El primero, es el rechazo por parte de la iglesia a la influencia de la Revolución Francesa en el proceso independentista venezolano (y en toda Hispanoamérica) dado su marcado carácter anticlerical.

Segundo, la mención a la forma federativa (Confederación) de la Constitución Política, lo cual formará parte del intenso debate centralismo-federalismo que se llevará a cabo durante el Congreso, y que dominará todo el siglo XIX.

Tercero, la declaración de la Independencia absoluta de Venezuela, la cual además había que proteger no sólo de España sino de las demás potencias europeas.

Ese Congreso General, reunido en la entonces capilla del Seminario Santa Rosa de Lima, tendría como misión fundamental la redacción de la Constitución de 1811. Sin embargo, a dos meses de haber comenzado sus funciones, en el ambiente de la República naciente se sentía la necesidad de producir una declaración formal de independencia de la Corona de España, y de alguna forma aclarar así la desvinculación política de los últimos trescientos años. Una vez que en el Congreso se había decidido que había que ir hacia un gobierno republicano, era incompatible con esa decisión no realizar una declaración irrestricta de independencia frente a la Corona.

En las sesiones del 3, 4 y 5 de julio se va a plantear abiertamente el problema que, ciertamente, no era menor, entre otras razones, porque había que convencer a quienes no estaban totalmente convencidos de la legitimidad y oportunidad del proceso. En última instancia, la declaración de independencia exigía sustentar de modo suficiente las razones por las cuales había que declararse independientes.

Por ello, el Acta de Independencia va a ser un muy bien fundamentada, alegando las razones por las cuales se declara la independencia. El primer párrafo va a ubicar el contexto en el cual se va a justificar la declaratoria de independencia:

“En el nombre de Dios Todopoderoso, nosotros, los representantes de las Provincias Unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona, Mérida y Trujillo, que forman la Confederación americana de Venezuela en el continente meridional, reunidos en Congreso, y considerando la plena y absoluta posesión de nuestros derechos, que recobramos justa y legítimamente desde el 19 de abril de 1810, en consecuencia de la jornada de Bayona y la ocupación del trono español por la conquista y sucesión de otra nueva dinastía constituida sin nuestro consentimiento, queremos, antes de usar de los derechos de que nos tuvo privados la fuerza, por más de tres siglos, y nos ha restituido el orden político de los acontecimientos humanos, patentizar al universo las razones que han emanado de estos mismos acontecimientos y autorizan el libre uso que vamos a hacer de nuestra soberanía”.

El 5 de julio, es la culminación de los debates que habían comenzado el 3 de julio, se va a declarar la independencia en el seno del Congreso. Luego, en otra sesión, se decidiría la redacción de un Acta para registrar lo decidido. Por ello, si bien la independencia fue declarada por el Congreso el 5 de julio, el Acta por la cual se justifica política y jurídicamente sólo será leída, aprobada y suscrita el 7 de julio, habiendo sido redactada por Juan Germán Roscio y Francisco Isnardi.

El 5 de julio en el contexto del proceso de la Independencia

La declaración de independencia constituye un elemento central en nuestro proceso de independencia, debido a que allí se reflejó la motivación por la cual se decidió la desvinculación política con la Monarquía bajo la cual estos dominios vivieron por tres siglos.

En efecto, la declaración de independencia, desde el punto de vista del proceso político y jurídico que significó la independencia, se encuentra en el núcleo, incluso temporal, de la primera parte de ese proceso, que al menos en esta primera y fundamental etapa fue esencialmente civil.

El 5 de julio de 1811, Venezuela a través de la firma del Acta de Declaración de Independencia confirma su separación definitiva del Reino de España, acto heroico impulsado por la Sociedad Patriótica, creada en agosto de 1810, por el secretario de la Junta Suprema de Caracas, Juan Germán Roscio Nieves .

La etapa de la Independencia comienza con los sucesos del 19 de abril de 1810, para continuar, entre otros sucesos, con la instalación del Congreso General de Venezuela,  y que luego continúa, también entre otros sucesos, con la Declaración de los Derechos del Pueblo de 1811 y con la Constitución de 1811

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