Desmienten la existencia del supuesto artículo 292 de la LOPE sobre el uso de celulares en centros de votación
Caracas, 26 de julio de 2024-. Un presunto comunicado atribuido a la “Operación República 2024” ha comenzado a circular en redes sociales y servicios de mensajería, afirmando que el artículo 292 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) prohíbe el ingreso con celulares a los centros de votación. Sin embargo, esta información ha sido desmentida por una investigación reciente.
Cazadores de Fake News, una cuenta dedicada a verificar información, ha confirmado que el artículo mencionado no existe en la LOPE, que cuenta únicamente con 233 artículos. La verificación realizada en la página web del Consejo Nacional Electoral (CNE) corroboró que no hay un artículo 292 en la ley.
A pesar de la inexistencia de tal artículo, el CNE ya había recomendado en 2012, a través de Luis Piedra, director general de Planificación y Organismos Subalternos, evitar el uso de celulares y cámaras en los centros de votación. Esta recomendación busca evitar distracciones y problemas durante el proceso electoral, aunque no se trata de una prohibición legal.
https://twitter.com/cazamosfakenews/status/1816890669169791415
Con información y Foto de El Público TV
Marvelis Padrón