Guaidó emite decreto de estado de alarma en Aragua
Juan Guaidó publicó este jueves un documento en el que señala que decretó estado de alarma en el estado Aragua por los daños ocasionados por las fuertes lluvias, pese a que se trata de una orden que únicamente puede emitir el Gobierno.
El presidente de la Asamblea Nacional, reconocido presidente encargado de Venezuela por unos 50 países, señaló en el documento que “considerando que el régimen usurpador no tiene capacidad de respuesta ante la emergencia humanitaria que ellos mismos crearon eludiendo con gran cinismo su responsabilidad, ineptitud y la corrupción”, él tomó la decisión.
Además, solicita “la colaboración a diversos organismos”, que han de ser organizaciones no gubernamentales, puesto que las entidades estatales están en poder de la administración de Nicolás Maduro, de quien acatan órdenes.
Insiste en ordenar “a las autoridades administrativas correspondientes que se aboquen a la atención urgente de todas las comunidades afectadas por el desbordamiento del río El Limón”.
“Se ordena a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana que disponga las movilizaciones que sean necesarias para que se brinde la debida protección a los habitantes de todas las comunidades afectadas por el desbordamiento del río El Limón y que trabajen en articulación con Bomberos y Protección Civil prestando la máxima colaboración”, un hecho que solo se producirá si lo ordena Maduro.
También da orden “a los órganos y entes de la Administración pública” de “establecer horarios de labores de personal para la máxima colaboración en la restitución de los servicios básicos en las comunidades afectadas”.
Asimismo, llama a funcionarios de salud pública para que, “en virtud de la responsabilidad y solidaridad social, procuren conjuntamente con el sector privado, así como órganos multilaterales de cooperación internacional a la obtención de recursos, servicios y personal técnico capaz de superar las necesidades que se presentan”.
El líder opositor también instruye “a todo el personal del servicio exterior del país a los fines de realizar todas aquellas gestiones pertinentes a que haya lugar a fin de coordinar la cooperación técnica internacional que se pueda brindar a nuestra Nación para lograr el mejor asesoramiento en la superación de esta calamitosa situación”.
¿Violando la Constitución?
Cabe destacar que la Constitución Nacional contempla situaciones excepcionales que no se han dado para que el presidente del Parlamento asuma el mandato en la nación, tal y como procedió Guaidó.
“Serán faltas absolutas del presidente o presidenta de la República su muerte, su renuncia o su destitución decretada por sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, su incapacidad física o mental permanente certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con aprobación de la Asamblea Nacional”, señala la Constitución.
Agrega como faltas “el abandono del cargo (del mandatario), declarado como tal por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato”, dos premisas que tomó como válidas la oposición para proceder a asumir la Presidencia, que, en caso de validarse, debería haberse prolongado por un mes, plazo en el que un presidente encargado debe convocar elecciones.
No obstante, Guaidó lleva en esa posición un año y ocho meses, tiempo en el que no ha habido modificaciones de la Carta Magna ni cambios en la situación política del país, razón por la cual los decretos y mandatos emitidos por el opositor carecen de efecto.
Al no darse los requisitos, carece de efecto el siguiente párrafo que precisa que “mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente o la nueva presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el presidente o presidenta de la Asamblea Nacional”, en cuyo hipotético caso sí sería Guaidó.
Pero Nicolás Maduro ya estaba presidiendo el Ejecutivo en su segunda legislatura, tras haber tomado posesión el 10 de enero de 2019, por lo que, si existiera alguna falta que condujese a su salida, asumiría la Presidencia la vicepresidenta ejecutiva, que pasaría a ser la presidenta de Venezuela, quien completaría el período.
Pese a la violación del artículo 233 de la Constitución, Guaidó continúa emitiendo órdenes que corresponden a la Presidencia, que está a cargo de todas las instituciones, a excepción de la Asamblea Nacional, único órgano en poder de la oposición y cuyo pleno será renovado en las elecciones del próximo 6 de diciembre.
Standard Digital News
Portal web de noticias ¡Noticias Verdaderas!