CARACAS.– En un giro orientado al fortalecimiento institucional del sistema penal y el resguardo de las garantías ciudadanas, el Ministerio Público dictó la eliminación inmediata de todas las imágenes publicadas en sus plataformas digitales oficiales donde se exhiba el rostro de personas aprehendidas. De igual forma, la disposición prohíbe categóricamente calificar o incriminar de manera directa a cualquier investigado como autor o responsable de supuestos actos punibles sin que exista previamente un fallo condenatorio definitivo emitido por los tribunales competentes.
La información fue dada a conocer por el Fiscal General de la República, Larry Devoe, a través de una comunicación emitida en su cuenta oficial en la red social Instagram. El máximo titular del órgano persecutor detalló que la directiva fue girada expresamente a la Dirección de Relaciones Institucionales de la institución, con el fin de asegurar un apego riguroso a los preceptos legales vigentes y adecuar la política comunicacional del ente fiscal a los estándares nacionales e internacionales de derechos humanos.
Fundamentación legal y resguardo de las garantías constitucionales
El marco sustantivo de la medida se sustenta en el texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, orientado a robustecer las garantías del debido proceso estipuladas en el artículo 49. Asimismo, la decisión busca dar cumplimiento efectivo a las salvaguardas consagradas en los artículos 46 y 60 de la Carta Magna, los cuales tutelan el derecho a la dignidad personal, la integridad física, psíquica y moral, así como el honor, la vida privada y la propia imagen de los procesados.
Al profundizar en la fundamentación jurídica de la instrucción, la máxima autoridad de la fiscalía enfatizó la trascendencia de no vulnerar el estado de inocencia durante las fases preliminares de las investigaciones criminales. En ese sentido, el Fiscal General reiteró con firmeza que la presunción de inocencia constituye «un derecho fundamental y no una simple formalidad», subrayando la obligación de los organismos del Estado de garantizar un tratamiento comunicacional que no prejusgue la responsabilidad penal de los ciudadanos.
Directrices operativas para las plataformas institucionales
La ordenanza contempla la revisión minuciosa y el retiro progresivo pero inmediato de todo el material gráfico, audiovisual o textual alojado en las cuentas oficiales de la institución que vulnere este principio. Con esta medida, el órgano fiscal sienta bases operativas para el manejo informativo institucional y la actuación de los nuevos fiscales de carrera, priorizando la neutralidad en la difusión de los procedimientos judiciales y el respeto absoluto a los derechos civiles de los aprehendidos.
Por: Redacción Standard Digital News | Categoría: Sucesos y Justicia | Con información de Agencias / Fotos cortesía | Fecha: 16 de septiembre de 2026








