CARACAS.– En el escenario vial de Venezuela, la práctica recurrente de decomisar de forma indebida la cédula de identidad, el pasaporte o cualquier credencial de viaje por parte de efectivos policiales o militares constituye una abierta transgresión del marco legal vigente. Esta clase de procedimiento, desplegado habitualmente en puntos de control y alcabalas como medida de presión para forzar el traslado preventivo de peatones y conductores hacia sedes policiales o comandos, carece de sustento jurídico y configura una falta grave cometida por los servidores públicos.
La regulación que ampara a los ciudadanos frente a estas arbitrariedades se encuentra asentada en la Ley Orgánica de Identificación, instrumento legal publicado en la Gaceta Oficial N.º 6.155 con fecha del 19 de noviembre de 2014. De manera categórica, el artículo 40 de dicho cuerpo normativo estipula que cualquier funcionario que retenga de forma ilegítima la documentación personal de un ciudadano incurre directamente en responsabilidades de orden civil, penal, disciplinario y administrativo
Garantía de protección al ciudadano en las arterias viales
La ratificación de esta disposición jurídica busca consolidarse como un freno institucional ante los operativos irregulares que acontecen en las vías del territorio nacional. La incautación temporal de la credencial suele ser empleada como una herramienta de coerción no autorizada, situando a la persona en un estado de indefensión artificial para obligarla a someterse a actuaciones al margen del debido proceso.
En este sentido, los parámetros operativos que rigen las inspecciones de seguridad en la vía pública quedan delimitados bajo los siguientes principios:
- Facultades permitidas: Los agentes de la fuerza pública únicamente poseen atribuciones para requerir, chequear e inspeccionar la autenticidad de las acreditaciones en el mismo lugar de la detención.
- Obligación de restitución: Una vez corroborada la información en el sitio, la documentación debe ser devuelta de manera inmediata a su portador.
Juristas y especialistas en derecho constitucional recuerdan que retener la cédula bajo el argumento de «resolver la situación en el comando o comisaría» vulnera directamente las garantías fundamentales relativas al libre tránsito y la protección ciudadana contempladas en la Carta Magna.
Por: Redacción Standard Digital News | Sección: Sucesos – Leyes y Derechos Ciudadanos | Con información de Agencias / Fotos cortesía | Fecha: 17 de agosto de 2026








