WASHINGTON.– El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés) ratificó la entrada en vigor de la medida que revoca de forma definitiva el Estatus de Protección Temporal (TPS) para los ciudadanos procedentes de Venezuela. La determinación gubernamental abarca de igual manera a los nacionales de Haití, Siria, Yemen, Afganistán, Camerún, Nepal, Honduras, Nicaragua, Sudán del Sur, Birmania y Somalia, consolidando un viraje restrictivo en la política migratoria de la administración norteamericana.
La postura transmitida por el DHS hacia la comunidad venezolana amparada bajo este esquema fue concluyente: los beneficiarios deberán abandonar voluntariamente el territorio estadounidense o, de lo contrario, enfrentarán los procedimientos administrativos de deportación correspondientes a su estatus legal individual.
Sustento jurídico y alcance de la medida
La ejecución de esta medida se fundamenta en una resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia en octubre de 2025, la cual dejó sin efecto la designación aprobada en 2023 y facultó al Poder Ejecutivo para proceder con la interrupción inmediata de los permisos de permanencia extraordinaria.
No obstante la aplicación generalizada del dictamen, las autoridades federales establecieron un margen de excepción para un sector específico de la población protegida:
- Extensión temporal de salvaguarda: Aquellos ciudadanos que cuenten con documentos de Autorización de Empleo (EAD) expedidos con fecha anterior al 5 de febrero de 2025 conservarán la protección legal frente a expulsiones e inhabilitaciones laborales hasta el próximo 2 de octubre de 2026.
Implicaciones para la comunidad migrante
Para el resto de los inscritos en el programa que no cumplan con este criterio de exención, la cancelación implica la pérdida automática de los permisos de trabajo y de la suspensión de órdenes de remoción.
Organizaciones de derechos humanos e instituciones de asesoría legal recomiendan a los afectados por el cese del TPS evaluar alternativas de regularización a través de otras vías migratorias ordinarias antes del vencimiento de sus lapsos de permanencia permitida.
Por: Redacción Standard Digital News | Sección: Internacional – Migración y Política | Con información de Agencias / Fotos cortesía | Fecha: 15 de agosto de 2026








