CARACAS.– En una medida que modifica sustancialmente la dinámica de las transacciones financieras digitales cotidianas, el Banco Central de Venezuela (BCV) estableció un ajuste tarifario que fija en catorce bolívares (Bs. 14) el piso mínimo obligatorio para las operaciones procesadas a través de la red de Pago Móvil. Aunque las alícuotas porcentuales variables del sistema no sufrieron variaciones drásticas, la imposición de este nuevo umbral representa un aumento del 600 % en comparación con la tarifa mínima anterior, situada en Bs. 2.
La normativa actualiza los costos operativos para todas las modalidades del canal de pago interbancario e intrainstitucional, incidiendo de forma directa en el presupuesto familiar, la rentabilidad del pequeño comercio y la logística administrativa de los empleadores.
El «efecto piso»: la matemática detrás de los micropagos
El impacto real de la regulación dictada por el ente emisor se concentra en las transacciones de bajo valor nominal debido a la aplicación del denominado «efecto piso». En la modalidad Persona a Persona (P2P), la comisión variable pactada se mantiene en 0,30 % del total transferido. Bajo esta lógica porcentual, si un usuario transfiere Bs. 100, la alícuota teórica correspondería a Bs. 0,30; no obstante, el marco regulatorio obliga a la institución bancaria a debitar la tarifa mínima estipulada de Bs. 14.
Para que la tasa porcentual variable del 0,30 % supere el piso regulado y comience a calcularse por encima de la tarifa base, un ciudadano deberá realizar un Pago Móvil que sobrepase los Bs. 4.666,67. Toda transferencia por un monto inferior a dicha cifra quedará tasada automáticamente en los catorce bolívares fijos.
Cuadro tarifario por tipo de transacción
La reestructuración del cuadro de comisiones dictaminada por el organismo rector de la banca aplica de manera uniforme tanto para transferencias entre diferentes instituciones como para aquellas efectuadas entre clientes de un mismo banco:
- Persona a Persona (P2P): 0,30 % del monto de la operación, con un cobro mínimo obligatorio de Bs. 14.
- Persona a Comercio (P2C): Hasta 1,50 % del valor cancelado, con un cobro mínimo obligatorio de Bs. 14.
- Comercio a Persona (C2P) Interbancario: Hasta 2 % de la transacción, con un cobro mínimo obligatorio de Bs. 14.
- Comercio a Persona (C2P) Mismo Banco: Hasta 1,75 % de la operación, con un cobro mínimo obligatorio de Bs. 14.
Penalizaciones por operaciones fallidas y cargos a nóminas
Un punto crítico incorporado en el esquema tarifario se refiere al cobro por contingencias técnicas o rechazos en la red. Si una orden de Pago Móvil resulta no aprobada o se reversa a causa de saldo insuficiente, fallas de conectividad o imprecisiones en los datos del receptor, las entidades financieras aplicarán un débito automático de Bs. 14 por cada intento fallido en las plataformas P2P, P2C y C2P. Esta disposición exige a la ciudadanía verificar meticulosamente el saldo disponible y la información del destinatario antes de autenticar cualquier movimiento.
Asimismo, la resolución alcanza la gestión corporativa y empresarial. En el caso del abono de nómina, las firmas y empleadores deberán asumir un recargo adicional del 0,15 % sobre el saldo global de cada operación al momento de procesar los sueldos y salarios de sus trabajadores.
El nuevo esquema impone una presión adicional sobre la economía al detal, especialmente en los negocios que procesan ventas de bajo costo bajo el formato P2C, factor que podría derivar en un desplazamiento del uso de pagos electrónicos menores o la adopción de esquemas de consumo acumulado.
Por: Redacción Standard Digital News | Sección: Economía – Finanzas y Banca | Con información de Agencias / Fotos cortesía | Fecha: 14 de agosto de 2026








